QUIMIOFOBIA

 

«Sin conservantes ni colorantes», «Sin aditivos», «Solo natural», «Sin productos químicos», «100% natural» o incluso el sorprendente «Sin porquerías» son algunos ejemplos de los eslóganes más repetidos en la publicidad de los productos alimenticios. A primera vista podríamos pensar que esos mensajes solamente buscan informar al consumidor acerca de la composición de los alimentos que publicitan, pero nada más lejos de la realidad. El mensaje subliminal que se esconde detrás de cada uno de dichos eslóganes no solamente no tiene sentido, sino que, según marca la ley vigente, debería estar terminantemente prohibido por infundir en la sociedad temores infundados.

En muchos sectores se está empleando el marketing pseudocientífico para intentar confundir al consumidor usando eslóganes científicos que atraigan su confianza. Sin embargo, hay estrategias que pueden llegar a ser incluso más peligrosas. Son aquellas que no solo abusan de este lenguaje para engañar a la sociedad, sino que también lo emplean para inculcar temores injustificados a la población. La quimiofobia, entendida como el miedo o rechazo a todo aquello que esté relacionado con las sustancias químicas, se está extendiendo en los últimos años con consecuencias que pueden ser peligrosas. A pesar de que la Química está presente en nuestro día a día, en los últimos tiempos el incremento de la quimiofobia ha alcanzado cotas preocupantes. Lo más curioso de esta peligrosa moda es que precisamente uno de los sectores que más utiliza la Química en el desarrollo de sus productos, la industria alimentaria, está aprovechándose del creciente rechazo hacia esta disciplina científica para ganar suculentos dividendos utilizando mensajes claramente quimiofóbicos en el etiquetado.

Dentro de estos mensajes, aquellos que más se emplean y que están calando profundamente entre la población son los que publicitan que un alimento no contiene aditivos en su composición. ¿Y por qué triunfa el eslogan «Sin aditivos»? Sin lugar a dudas por el desconocimiento que existe en la sociedad no solo del papel que desempeñan los aditivos en nuestra alimentación, sino también de su seguridad. Por ello, primero debemos dejar claro en qué consisten estos ingredientes alimentarios y cuál es el procedimiento a seguir en el caso de querer introducir un nuevo aditivo en un producto.

¿QUÉ SON LOS ADITIVOS?

Los aditivos son sustancias que se añaden intencionadamente a los alimentos con un propósito tecnológico, teniendo como resultado que tanto el propio aditivo como sus subproductos se convierten en un componente de estos. Hay que dejar claro que los aditivos no se consumen como alimentos ni se usan como ingredientes característicos en la alimentación, independientemente de que tengan o no valor nutritivo.

Los aditivos se regulan en toda la Unión Europea por el Reglamento (CE) 1333/2008, que ha sido objeto de diversas modificaciones, y su autorización está sujeta a las siguientes tres condiciones:

Que se pueda demostrar una necesidad tecnológica suficiente cuando el objetivo que se busca no pueda alcanzarse por otros métodos económica y tecnológicamente utilizables.

Que no representen ningún peligro para la salud del consumidor en las dosis propuestas, en la medida en que sea posible juzgar con los datos científicos de que se disponen.

Que no induzcan a error al consumidor.

Hasta el día de hoy son varios los grupos de aditivos autorizados que pueden clasificarse en diferentes categorías según su finalidad. En la siguiente lista pueden verse las distintas clases de aditivos alimentarios según la legislación vigente (Reglamento [UE] )

1. Edulcorantes: sustancias que se emplean para dar un sabor dulce a los alimentos.

2. Colorantes: sustancias que dan color a un alimento o le devuelven su color original. Se considerarán colorantes en el sentido del presente Reglamento los preparados obtenidos a partir de alimentos y otros materiales comestibles naturales de base mediante una extracción física, química, o física y química, conducente a la separación de los pigmentos respecto de los componentes nutritivos o aromáticos.

3. Conservantes: sustancias que prolongan la vida útil de los alimentos protegiéndolos del deterioro causado por microorganismos o que protegen del crecimiento de microorganismos patógenos.

4. Antioxidantes: sustancias que prolongan la vida útil de los alimentos protegiéndolos del deterioro causado por la oxidación, como el enranciamiento de las grasas y los cambios de color.

5. Soportes: sustancias empleadas par disolver, diluir, dispersar o modificar físicamente o de otra manera un aditivo alimentario, unaromatizante, una enzima alimentaria o un nutriente u otra sustancia añadidos a un alimento con fines nutricionales o fisiológicos sin alterar su función (y sin tener por sí mismas ningún efecto tecnológico), a fin de facilitar su manipulación, aplicación o uso.

6. Acidulantes: Sustancias que incrementan la acidez de un producto alimenticio o le confieren un sabor ácido, o ambas cosas.

7. Correctores de la acidez: sustancias que alteran o controlan la acidez o alcalinidad de un producto alimenticio.

8. Antiaglomerantes: sustancias que reducen la tendencia de las partículas de un producto alimenticio a adherirse unas a otras.

9. Antiespumantes: sustancias que impiden o reducen la formación de espuma.

10. Agentes de carga: sustancias que aumentan el volumen de un producto alimenticio sin contribuir significativamente a su valor energético disponible.

11. Emulgentes: sustancias que hacen posible la formación o el mantenimiento de una mezcla homogénea de dos o más fases no miscibles, como el aceite y el agua, en un producto alimenticio.

12. Sales de fundido: sustancias que reordenan las proteínas contenidas en el queso de manera dispersa, con lo que producen la distribución homogénea de la grasa y otros componentes.

13. Endurecedores: sustancias que vuelven o mantienen los tejidos de frutas u hortalizas firmes o crujientes o actúan junto con agentes gelificantes para producir o reforzar un gel.

14. Potenciadores del sabor: sustancias que realzan el sabor o el aroma, o ambos, de un producto alimenticio.

15. Espumantes: sustancias que hacen posible formar una dispersión homogénea de una fase gaseosa en un producto alimenticio líquido o sólido.

16. Gelificantes: sustancias que dan textura a un producto alimenticio mediante la formación de un gel.

17. Agentes de recubrimiento (incluidos los lubricantes): sustancias que, cuando se aplican en la superficie exterior de un producto alimenticio, confieren a éste un aspecto brillante o lo revisten con una capa protectora.

18. Humectantes: sustancias que impiden la desecación de los alimentos contrarrestando el efecto de una atmósfera con un grado bajo de humedad, o que favorecen la disolución de un polvo en un medio acuoso.

19. Almidones modificados: sustancias obtenidas de almidones comestibles por uno o más tratamientos químicos que pueden haber sufrido un tratamiento físico o enzimático y ser diluidas o blanqueadas con ácidos o bases.

20. Gases de envasado: gases, distintos del aire, introducidos en un recipiente antes o después de colocar en él un producto alimenticio, o mientras se coloca.

21. Gases propelentes: gases diferentes del aire que expulsan un producto alimenticio de un recipiente.

22. Gasificantes: sustancias o combinaciones de sustancias que liberan gas y, de esa manera, aumentan el volumen de una masa.

23. Secuestrantes: sustancias que forman complejos químicos con iones metálicos.

24. Estabilizantes: sustancias que posibilitan el mantenimiento del estado físico-químico de un producto alimenticio.

25. Espesantes: sustancias que aumentan la viscosidad de un alimento.

26. Agentes de tratamiento de harinas: sustancias, distintas de los emulgentes, que se añaden a la harina o a la masa para mejorar su calidad de cocción.

¿SON NECESARIOS LOS ADITIVOS?

Los aditivos, al igual que los aromas, los coadyuvantes y las enzimas son ingredientes tecnológicos sin cuya utilización no sería posible la comercialización de muchos de los alimentos que hoy en día están disponibles en el mercado. En el caso de los conservantes huelga decir las ventajas de su uso como un mayor tiempo de conservación, la prevención de cualquier tipo de problema sanitario relacionado con el alimento, etc. Por otra parte, los colorantes se añaden a los alimentos para mejorar su aspecto y hacerlos más apetecibles o para reemplazar las pérdidas de color que se producen durante el proceso de elaboración. Sin la presencia de colorantes, muchos de los alimentos que diariamente consumimos no serían aceptables desde el punto de vista psicológico, como ocurre con golosinas, algunos postres, los snacks, muchas bebidas y especialmente los alimentos dirigidos al público infantil, que es el colectivo que más se guía por la vista a la hora de comer.

¿ESTÁ JUSTIFICADO EL TEMOR EXISTENTE HACIA LOS ADITIVOS PRESENTES EN LOS ALIMENTOS?

En las etiquetas de la gran mayoría de los alimentos encontramos uno o varios aditivos. Por este motivo el volumen de negocio del mercado español de aditivos está cerca de los 500 millones de euros . Sin embargo, y a pesar de que el mercado de los aditivos está en continua expansión, hay sectores que defienden a ultranza que todos los alimentos deben estar libres de aditivos…y esto no tiene sentido desde el punto de vista científico, ni tecnológico ni sanitario.

En España, al igual que en todos los países de la Unión Europea, para que un aditivo pueda ser utilizado en la elaboración de un producto alimenticio, debe haber sido evaluado toxicológicamente y sometido a exigentes ensayos químicos, físicos y micro biológicos que demuestren su inocuidad. Entre todas estas evaluaciones se incluye, en caso de que fuera necesario, el posible establecimiento de una Ingesta Diaria Admisible (IDA), teniendo en cuenta a los grupos de consumidores más vulnerables. Este factor es una estimación de la cantidad de un aditivo alimentario autorizado que puede consumirse diariamente, todos los días de la vida, sin ocasionar problemas de salud. La IDA se expresa en miligramos de producto por kilo de peso corporal y día, está estimada a partir de pruebas realizadas con animales de laboratorio y calculada tras dividir por 100 la IDA teórica obtenida inicialmente.

Hay que dejar claro que las IDA de un aditivo están estipuladas tras haber calculado un amplio margen de seguridad y no se refieren a las dosis máximas admisibles que una vez sobrepasadas ligeramente puedan ocasionar efectos perjudiciales. Es decir, hay un margen bastante dilatado entre las IDA y la teórica dosis máxima tolerable. Por esta razón, no solamente una persona puede superar ocasionalmente las IDA sin que esto suponga un perjuicio para su salud, sino que la retirada de un aditivo del mercado no implica que se estuviese ingiriendo a dosis peligrosas.

Tomando en cuenta todos estos factores, cuando un solicitante requiere una autorización para un nuevo aditivo debe presentar una solicitud formal a la Comisión Europea que contemple los aspectos anteriormente tratados. A continuación, la EFSA procede a revisar todos los datos presentados (posible toxicidad, estudios de exposición humana, etc.) y emite un informe sobre su seguridad para las condiciones de uso previsto. Posteriormente, la Comisión Europea y diferentes expertos en aditivos alimentarios de todos los Estados Miembros de la UE examinan la opinión de la EFSA y deciden si debe autorizarse el aditivo para su uso en la UE. Si la decisión es favorable, la solicitud se somete entonces al Consejo Europeo y al Parlamento Europeo (para asegurar su completa conformidad con la legislación de la UE) antes de autorizarlo definitivamente y agregarlo a la lista de aditivos aprobados por la UE publicada en el Reglamento (UE)

Una vez que es autorizado recibe el famoso número E que podemos ver en las etiquetas de muchos alimentos y que sirve para identificar y clasificar cada aditivo. De esta forma se pueden agrupar los colorantes (E-100/E-199), conservantes (E-200/E-299), antioxidantes y reguladores de acidez (E-300/E-399), espesantes, estabilizantes y emulsionantes (E-400/E-499), reguladores de acidez y pH (E-500/E-599), intensificadores de sabor (E-600/E-699) y varios (E-900/E-999).

Antes de acabar con este apartado correspondiente al marco legal de los aditivos es necesario dejar claro un dato muy importante. La concesión del número E que acaba con el proceso de autorización de un aditivo y que garantiza que ha superado satisfactoriamente el minucioso examen por parte de los reguladores europeos y la EFSA, puede ser revocada. Periódicamente la EFSA realiza rigurosos análisis de todas las investigaciones científicas publicadas en los últimos años en torno a diferentes aditivos. Si en función de la evolución de los conocimientos científicos surgiera alguna duda sobre la inocuidad de cualquier tipo de aditivo, se procedería inmediatamente a su retirada de las listas positivas… pero si esto ocurre no hay que disparar las alarmas. Como he explicado anteriormente hay un amplio margen de seguridad establecido para la Ingesta Diaria Admisible.

Una vez que ya tenemos claro lo que es un aditivo y cuál es el procedimiento que se sigue para su autorización, es el momento de hacernos una pregunta clave acerca de los aditivos. ¿Son seguros los aditivos? A pesar de que el «riesgo cero» no existe, la respuesta debe ser contundente: a día de hoy, hay suficientes evidencias científicas para el consumo seguro de alimentos que presenten aditivos en su composición, siempre y cuando se ingieran siguiendo el patrón habitual de consumo de alimentos y se atienda a las indicaciones claramente reflejadas en el etiquetado de los productos que los contienen.

Evidentemente, si nos excedemos en la ingesta de un alimento a niveles muy por encima de lo recomendado, es posible que nuestra salud se resienta, pero no solamente por la ingesta de aditivos, sino porque todo exceso es malo. Por otra parte, si una persona que tiene alguna patología como puede ser la fenilcetonuria no hace caso al etiquetado e ingiere alimentos ricos en fenilalanina (aminoácido presente en algunas bebidas refrescantes) también es muy probable que tenga problemas… pero ambos casos no son culpa de la presencia de aditivos en los alimentos, sino del mal uso que el consumidor hace de ellos.

LOS ADITIVOS EN LA PUBLICIDAD ALIMENTARIA

¿Qué idea se quiere transmitir al consumidor cuando se publicita a bombo y platillo que un alimento no lleva aditivos? ¿Cuál es el objetivo de una empresa cuando utiliza el eslogan publicitario «sin conservantes ni colorantes»? ¿De verdad alguien cree que son mensajes que solamente pretenden informar acerca de la composición del producto? El mensaje subliminal es evidente: «En el caso de que el producto llevara aditivos su consumo puede ser peligroso, así que consuma el mío que no los tiene y es más sano», así de sencillo. De hecho, prácticamente todos los eslóganes comienzan con la palabra «Sin» lo que demuestra el interés de las empresas en inculcar en el consumidor el miedo hacia el «Con»… o al menos el interés de aprovecharse del temor ya existente en la sociedad ante los alimentos que incluyen aditivos en su composición.

En una encuesta reciente de la OCU sobre el eslogan «Sin aditivos», los resultados fueron contundentes: el 85% de los encuestados estaban completamente seguros de que un producto que no lleve aditivos es más seguro que aquel en cuya etiqueta aparezcan las palabras conservantes, colorantes, etc. Además, si junto a dicho mensaje aparece el término «Sólo natural», los encuestados piensan que el alimento en cuestión no solamente es más fiable, sino también más nutritivo.

Así es. A pesar de que no existen estudios científicos serios realizados en humanos o informes oficiales de las autoridades europeas en materia de alimentación que respalden dichas creencias populares, el mensaje de que los aditivos son muy perjudiciales para la salud ha calado entre la población. De hecho, una de las principales conclusiones que se puede extraer de investigaciones realizadas a nivel europeo sobre la percepción de los riesgos relacionados con los alimentos refleja que prácticamente la mitad de la población española está seriamente preocupada por la presencia de aditivos en los alimentos. Este dato no ha pasado desapercibido para la industria alimentaria, que lo usa para diseñar campañas de marketing cada vez más agresivas contra los aditivos acrecentando el temor hacia los mismos.

Además, y según recogen las conclusiones del informe «LifeStyles» realizado por Kantar Worldpanel sobre las preocupaciones del consumidor actual, el 50,8% de los consumidores españoles estaría dispuesto a pagar más por alimentos sin aditivos al considerarlos más sanos.

Actualmente son muchos y muy diferentes los tipos de eslóganes publicitarios empleados para atacar a los aditivos. «Sin conservantes» es otro eslogan muy empleado por diversas empresas alimentarias… pero detrás de esa frase muchas veces se esconde otro tipo de picaresca. La mayoría de los alimentos necesitan algún tipo de conservante para poder ser comercializados, por lo que difícilmente podrían ponerse en el mercado «sin conservantes». Pues bien, muchas marcas para poder publicitar que sus productos no llevan aditivos del grupo de los conservantes emplean otro tipo de aditivos que realizan, entre otras funciones, la de conservar el alimento.

Un claro ejemplo es el empleo de «acidulantes» o «correctores de la acidez» como el ácido cítrico y el citrato sódico que, entre otras cosas, alteran o controlan la acidez o alcalinidad de un producto alimenticio influyendo claramente en que el alimento se conserve en mejores condiciones. ¿Y por qué si tanto el ácido cítrico como el citrato de sodio ayudan a conservar muchos alimentos se permite a la multinacional emplear el eslogan «Sin conservantes»? Porque en la clasificación oficial de los aditivos estos dos productos están encuadrados en otra categoría distinta a la de los «conservantes», aunque desempeñan esa función gracias a su efecto sobre el pH del medio.

En definitiva, estamos ante una cuestión de semántica. Al no pertenecer a la categoría de «conservantes» la ley permite poner este eslogan, que tanto gusta al consumidor, aunque en realidad los dos compuestos ayudan a conservar el alimento y han sido sometidos al mismo procedimiento de elaboración y control que el resto de aditivos.

                                                                                                                                     CONTINUARÁ...

                                                                                                                                                                                   © JAVIER DE LUCAS